PROTOCOLO USO DE INTERNET

Protocolo: Uso de Internet y Tecnología en el Colegio

 

Introducción:

 

El presente protocolo tiene como objetivo informar a la Comunidad Escolar acerca del uso de internet y tecnología dentro y/o fuera del establecimiento, protegiendo a todos los  miembros de éste. A través del presente documento se busca promover una sana convivencia entre todos los miembros de la comunidad. Asimismo, tiene una función instructiva y preventiva, puesto que está  orientado a educar acerca del uso adecuado de los medios digitales. 

Por otro lado, se busca  prevenir  situaciones que afecten y/o perjudiquen a miembros de la Comunidad Educativa, informando el tipo y grado de falta ante el uso indebido de medios electrónicos e informáticos.

La Escuela Particular Marta Brunet considera el uso de internet y de la tecnología como una herramienta  complementaria en el proceso educativo de nuestros alumnos(as), ya que enriquece y facilita los  objetivos académicos. No obstante, no se permite el uso indebido de internet y/o tecnología dentro  y fuera del colegio, (como por ejemplo; insultos, ataques, burlas, calumnias, incentivar al bullying, grooming, pornografía, imágenes, mal uso de redes sociales, y otros que se consideren ofensivos o menoscabo hacia otros miembros de la Comunidad Educativa) dentro y fuera del establecimiento.

Todos los integrantes de la Comunidad Educativa deberán, dentro de sus ámbitos de acción, velar por el buen uso de la Tecnología, Internet y de los documentos que desde ahí se generen. Es decir, tanto el colegio como las familias, deben comprometerse con el objetivo de educar a nuestros niños (as) a convivir con el  uso de  Internet y así utilizarlo a favor del aprendizaje y de una sana  convivencia con otros.

Prácticas Generales

 

Las siguientes prácticas son aplicables a toda la Comunidad Educativa, sin perjuicio de la función  que cumplen dentro del establecimiento:

  1. a) La vía de comunicación oficial entre apoderados y el colegio es la agenda escolar (libreta de comunicaciones). En casos emergentes podrán utilizar el teléfono de la escuela para contactarse.

  1. b) Ningún miembro de  la  Comunidad  Escolar  (administrativo, docente, asistente de educación, apoderado o alumno) podrá  usar  el  correo  electrónico,  celular,  redes  sociales u  otro  dispositivo  para  denigrar, insultar  o  perjudicar  a otra  persona  sea  en  forma  directa, por  ejemplo mediante  insultos o apodos, ni de forma indirecta; como imágenes o cualquier otro tipo de forma de burla hacia algún miembro de la comunidad.

c)Las claves de los dispositivos personales (Wifi, celular o correo electrónico) no son públicas, hecho  por  el  cual,  cada  propietario  deberá  tomar  los  resguardos  necesarios  para  proteger sus cuentas personales.

  1. d) Ningún miembro de  la  Comunidad  Escolar  podrá  referirse  de  manera  grosera  u  ofensiva contra  otro  integrante  de  la  misma  o  contra  la  organización misma  a  través  de  las  redes sociales,  para  canalizar  sus  molestias  o 

Se  deberán  utilizar las  vías  dispuestas para tal efecto (comunicación vía agenda, entrevista con el profesor,  Comité de Sana Convivencia o dirección)

e)Se  recomienda  a  los  profesores  no  incluir a  los  alumnos  en  sus  cuentas  personales  de Facebook,  Twitter  u  otras  redes  sociales,  esto  con  la  finalidad  de  proteger  su  privacidad  y mantener una relación y vínculo de respeto entre alumno y profesor.

Tipificación de Faltas

 

  • Se considerará como falta leve el uso de celular y/o tecnología durante las horas de clases, y el acceso a sitios y direcciones no autorizadas por parte del docente (juegos, redes sociales, páginas con contenidos sexuales explícitos, que promuevan conductas violentas y de agresión, etc.)
  • Se considerará como falta grave la reiteración (dos veces) de faltas leves.
  • Se considerará como falta gravísima mensajes, fotos, grabaciones y filmaciones no autorizadas
  • Se informará a la autoridad pertinente las situaciones en las que se evidencie publicación(es) con la intención de perjudicar o denostar la imagen pública de cualquier miembro de la comunidad educativa tanto dentro del Colegio como fuera del Colegio representando a éste.

Activación de Protocolo

Cuando un miembro de la comunidad del Colegio sienta que su honra, imagen o persona haya sido afectada  y perjudicada  producto  de  la  acción  de  otro  miembro  de  la  comunidad  a  través  de  la utilización de un dispositivo electrónico (chat, fotos, videos, audios, redes sociales u otro similar), deberá informar a la brevedad de lo sucedido a Dirección y al Comité de Sana Convivencia Escolar donde se registrará en formato foliado indicando el hecho.

A partir de la acusación realizada por el profesor, apoderado o alumno(a) el Comité de Sana Convivencia Escolar tendrá 72 horas para recolectar información y antecedentes relacionada al caso (plazo prorrogable si Dirección lo estima necesario) con los antecedentes recolectados, las conclusiones y observaciones.

En caso que la falta fuese cometida por un alumno(a), se deberá citar e informar a éste en compañía y presencia de su apoderado. Se informará de los hechos, declaraciones y sanciones que su falta amerita en relación a este protocolo.

En caso que el alumno fuera sorprendido in situ por un docente o administrativo del establecimiento, el profesor deberá registrar la situación en la hoja de vida del estudiante; de ser un administrativo o asistente de la educación, deberán informar inmediatamente al profesor jefe del estudiante. Posterior a este paso obligatorio el mismo profesor jefe informará a dirección y comité de sana convivencia.

En caso que la falta fuese cometida por un apoderado del colegio, Dirección y el Comité de Convivencia Escolar llevaran a cabo una reunión extraordinaria, dentro de las primera 72 horas hecha la acusación, estableciendo las acciones a seguir según la gravedad de las faltas establecidas en  este protocolo.

En caso que la falta sea hecha por un funcionario del establecimiento escolar, el Comité de Sana Convivencia  sesionará para evaluar las medidas a seguir en base a los establecido en este protocolo.

Sanciones

  1. a) Falta leve: llamado de atención verbal y registro en la hoja de vida del estudiante.
  2. b) Falta grave: reiteración de faltas leves, citación a al apoderado por el comité de sana convivencia solicitando las disculpas a o los afectados
  3. c) Falta gravísima: sanción pedagógica o medida reparatoria con apoyo de la familia y orientada desde comité de sana convivencia
  4. d) Denuncia a autoridad policial competente e inmediata