Protocolo: Uso de Internet y Tecnología en el Colegio
Introducción:
El presente protocolo tiene como objetivo informar a la Comunidad Escolar acerca del uso de internet y tecnología dentro y/o fuera del establecimiento, protegiendo a todos los miembros de éste. A través del presente documento se busca promover una sana convivencia entre todos los miembros de la comunidad. Asimismo, tiene una función instructiva y preventiva, puesto que está orientado a educar acerca del uso adecuado de los medios digitales.
Por otro lado, se busca prevenir situaciones que afecten y/o perjudiquen a miembros de la Comunidad Educativa, informando el tipo y grado de falta ante el uso indebido de medios electrónicos e informáticos.
La Escuela Particular Marta Brunet considera el uso de internet y de la tecnología como una herramienta complementaria en el proceso educativo de nuestros alumnos(as), ya que enriquece y facilita los objetivos académicos. No obstante, no se permite el uso indebido de internet y/o tecnología dentro y fuera del colegio, (como por ejemplo; insultos, ataques, burlas, calumnias, incentivar al bullying, grooming, pornografía, imágenes, mal uso de redes sociales, y otros que se consideren ofensivos o menoscabo hacia otros miembros de la Comunidad Educativa) dentro y fuera del establecimiento.
Todos los integrantes de la Comunidad Educativa deberán, dentro de sus ámbitos de acción, velar por el buen uso de la Tecnología, Internet y de los documentos que desde ahí se generen. Es decir, tanto el colegio como las familias, deben comprometerse con el objetivo de educar a nuestros niños (as) a convivir con el uso de Internet y así utilizarlo a favor del aprendizaje y de una sana convivencia con otros.
Prácticas Generales
Las siguientes prácticas son aplicables a toda la Comunidad Educativa, sin perjuicio de la función que cumplen dentro del establecimiento:
- a) La vía de comunicación oficial entre apoderados y el colegio es la agenda escolar (libreta de comunicaciones). En casos emergentes podrán utilizar el teléfono de la escuela para contactarse.
- b) Ningún miembro de la Comunidad Escolar (administrativo, docente, asistente de educación, apoderado o alumno) podrá usar el correo electrónico, celular, redes sociales u otro dispositivo para denigrar, insultar o perjudicar a otra persona sea en forma directa, por ejemplo mediante insultos o apodos, ni de forma indirecta; como imágenes o cualquier otro tipo de forma de burla hacia algún miembro de la comunidad.
c)Las claves de los dispositivos personales (Wifi, celular o correo electrónico) no son públicas, hecho por el cual, cada propietario deberá tomar los resguardos necesarios para proteger sus cuentas personales.
- d) Ningún miembro de la Comunidad Escolar podrá referirse de manera grosera u ofensiva contra otro integrante de la misma o contra la organización misma a través de las redes sociales, para canalizar sus molestias o
Se deberán utilizar las vías dispuestas para tal efecto (comunicación vía agenda, entrevista con el profesor, Comité de Sana Convivencia o dirección)
e)Se recomienda a los profesores no incluir a los alumnos en sus cuentas personales de Facebook, Twitter u otras redes sociales, esto con la finalidad de proteger su privacidad y mantener una relación y vínculo de respeto entre alumno y profesor.
Tipificación de Faltas
- Se considerará como falta leve el uso de celular y/o tecnología durante las horas de clases, y el acceso a sitios y direcciones no autorizadas por parte del docente (juegos, redes sociales, páginas con contenidos sexuales explícitos, que promuevan conductas violentas y de agresión, etc.)
- Se considerará como falta grave la reiteración (dos veces) de faltas leves.
- Se considerará como falta gravísima mensajes, fotos, grabaciones y filmaciones no autorizadas
- Se informará a la autoridad pertinente las situaciones en las que se evidencie publicación(es) con la intención de perjudicar o denostar la imagen pública de cualquier miembro de la comunidad educativa tanto dentro del Colegio como fuera del Colegio representando a éste.
Activación de Protocolo
Cuando un miembro de la comunidad del Colegio sienta que su honra, imagen o persona haya sido afectada y perjudicada producto de la acción de otro miembro de la comunidad a través de la utilización de un dispositivo electrónico (chat, fotos, videos, audios, redes sociales u otro similar), deberá informar a la brevedad de lo sucedido a Dirección y al Comité de Sana Convivencia Escolar donde se registrará en formato foliado indicando el hecho.
A partir de la acusación realizada por el profesor, apoderado o alumno(a) el Comité de Sana Convivencia Escolar tendrá 72 horas para recolectar información y antecedentes relacionada al caso (plazo prorrogable si Dirección lo estima necesario) con los antecedentes recolectados, las conclusiones y observaciones.
En caso que la falta fuese cometida por un alumno(a), se deberá citar e informar a éste en compañía y presencia de su apoderado. Se informará de los hechos, declaraciones y sanciones que su falta amerita en relación a este protocolo.
En caso que el alumno fuera sorprendido in situ por un docente o administrativo del establecimiento, el profesor deberá registrar la situación en la hoja de vida del estudiante; de ser un administrativo o asistente de la educación, deberán informar inmediatamente al profesor jefe del estudiante. Posterior a este paso obligatorio el mismo profesor jefe informará a dirección y comité de sana convivencia.
En caso que la falta fuese cometida por un apoderado del colegio, Dirección y el Comité de Convivencia Escolar llevaran a cabo una reunión extraordinaria, dentro de las primera 72 horas hecha la acusación, estableciendo las acciones a seguir según la gravedad de las faltas establecidas en este protocolo.
En caso que la falta sea hecha por un funcionario del establecimiento escolar, el Comité de Sana Convivencia sesionará para evaluar las medidas a seguir en base a los establecido en este protocolo.
Sanciones
- a) Falta leve: llamado de atención verbal y registro en la hoja de vida del estudiante.
- b) Falta grave: reiteración de faltas leves, citación a al apoderado por el comité de sana convivencia solicitando las disculpas a o los afectados
- c) Falta gravísima: sanción pedagógica o medida reparatoria con apoyo de la familia y orientada desde comité de sana convivencia
- d) Denuncia a autoridad policial competente e inmediata