PROCEDIMIENTO POR PORTE DE ARMA BLANCA O CORTO

PROCEDIMIENTO POR PORTE DE ARMA BLANCA O CORTO-PUNZANTE DENTRO DEL ESTABLECIMIENTO

  1. a) Todo mayor de 14 años que porte arma blanca corto-punzante
  • Cualquier miembro del establecimiento que observe a un estudiante que este portando un arma blanca corto-punzante deberá solicitar al alumno que haga entrega del arma y se requisa inmediatamente.
  • Quien sorprenda al alumno-a debe avisar inmediatamente a Dirección. En el caso de su ausencia, el Equipo de Gestión (T.P, Convivencia Escolar, Escuela Segura y/o Formación Ciudadana) deberán gestionar el caso. Es importante señalar, que es muy probable que los miembros del Equipo de Gestión, no cuenten con disponibilidad inmediata, por lo cual para este tipo de situaciones emergentes, se solicitará apoyo  a aquellos miembros que estén con disponibilidad horaria en el momento de ocurrido los hechos.
  • En caso en que el estudiante se niegue, se realizará contención emocional y se llamará a Carabineros para que tome control de la situación.
  • Asimismo, se dará aviso al apoderado inmediatamente quien deberá acudir al establecimiento y en presencia del apoderado se solicitará al alumno que relate los hechos, de esta conversación quedará registro escrito con firma de participantes. Esta entrevista la realizarán Dirección y encargada de Convivencia Escolar.

  1. b) Todo menor de 14 años que porte un arma blanca corto-punzante
  2. Cualquier miembro del establecimiento que observe a algún menor de 14 años que este portando un arma blanca corto-punzante deberá solicitar al alumno que haga entrega del arma y se requisa inmediatamente. En caso en que el estudiante se niegue, se realizará contención emocional y se llamará a Carabineros para que tome control de la situación.
  3. Posteriormente deberá avisar a dirección. En el caso de su ausencia, el Equipo de Gestión (U.T.P, Convivencia Escolar, Escuela Segura y/o Formación Ciudadana) deberán gestionar el caso. Es importante señalar, que es muy probable que los miembros del Equipo de Gestión, no cuenten con disponibilidad inmediata, por lo cual para este tipo de situaciones emergentes, se solicitará apoyo  a aquellos miembros que estén con disponibilidad horaria en el momento de ocurrido los hechos.
  4. Se dará aviso al apoderado inmediatamente quien deberá acudir al establecimiento y en presencia del apoderado se solicitará al alumno que relate los hechos, de esta conversación quedará registro escrito con firma de participantes. Esta entrevista la realizarán Dirección y encargada de Convivencia Escolar.
  5. Posterior a estos pasos, Dirección será la encargada de realizar la constancia de los hechos ante Carabineros de Chile.
  6. Se aplicarán las sanciones correspondientes de acuerdo al Reglamento de Convivencia Escolar.
  7. Derivación del estudiante a psicólogo y otras redes de apoyo.

PROCEDIMIENTO POR PORTE DE ARMA DE FUEGO DENTRO DEL ESTABLECIMIENTO

  1. a) Todo menor o mayor de 14 años que porte arma de fuego dentro del establecimiento
  2. Quien sorprenda al alumno-a debe solicitar ayuda y avisar a Dirección inmediatamente.
  3. Se dará aviso al apoderado inmediatamente quien deberá acudir al establecimiento y en presencia del apoderado se solicitará al alumno que relate los hechos, de esta conversación quedará registro escrito con firma de participantes. Esta entrevista la realizarán Dirección y encargada de Convivencia Escolar.
  4. Posterior a estos pasos, Dirección será la encargada de realizar la denuncia ante Carabineros de Chile. Se solicitará apoyo policial, y según el caso, de existir algún lesionado o herido, el apoyo de un paramédico o técnico en enfermería, bomberos o apoyo de cualquier otra índole pertinente.
  5. Se efectuará la evacuación parcial o total si fuera necesario del recinto educacional, velando por la protección e integridad de las personas, seguido por la custodia del arma si ésta fuera entregada. La requisa del arma y toda acción de esa naturaleza, ante situaciones de violencia por uso de armas, la debe realizar la autoridad policial.
  6. Luego de este procedimiento, independientemente del proceso legal, la escuela aplicará las sanciones correspondientes de acuerdo al Reglamento de Convivencia Escolar.
  7. Derivación del estudiante a psicólogo y otras redes de apoyo si corresponde.